- La capacitación realizada en Santiago, contó con la presencia de dirigentes ferroviarios de todo el país.
Con la presencia de dirigentes ferroviarios de todo el país, nuestro Sindicato Nacional de Trabajadores FCAB asistió a una valiosa capacitación entregada por la Superintendencia de Seguridad Social (SUCESO) en el Ministerio del Trabajo y Previsión Social en Santiago.
En la jornada, a la cuál también asistió la Gerencia de Recursos Humanos y el Departamento de Relaciones Laborales de FCAB, fueron diversos los temas tratados por profesionales especialistas del Ministerio, en cuanto a las calificaciones de origen de las enfermedades profesionales. Se hizo una extensa revisión a los pasos que derivan en el reconocimiento de una enfermedad profesional por parte de los prestadores de servicio, los cuales están obligados siempre a efectuar los estudios para determinar si estamos en presencia de una enfermedad laboral o de origen común.
En este contexto se puntualizó que en Chile están abiertos a establecer nuevas enfermedades de tipo profesional, sobre todo las que aquejan a nuestro rubro, el ferroviario. Se nos recordó que cuando estamos en presencia de un accidente laboral o enfermedad presuntamente derivada del trabajo, tanto el empleador como nosotros mismos nos podemos presentar en la mutualidad correspondiente para solicitar la evaluación médica e iniciar el proceso. Los dictámenes tienen un plazo límite de 30 días para determinar el tipo de enfermedad.
Un punto importante es cuando las entidades establecen que existen enfermedades profesionales ocasionadas en las empresas. En estas instancias las empresas son obligadas a eliminar los riesgos que causan los problemas de salud y se arriesgan a multas si no corrigen estas dificultades.
La nueva Circular N°3.696 establece nuevos protocolos y normativas en cuanto a la atención en salud mental y el Programa de Atención Temprana.
Las empresas, de acuerdo con el Convenio N°190 sobre violencia y acoso laboral, establece la obligatoriedad de as empresas para realizar mediciones de riesgo psicosocial. Estas mediciones deben ser realizadas por una encuesta disponible en el Ministerio del Trabajo y Previsión Social y deben ser discutidas luego de la entrega de los resultados entre los trabajadores, proceso que se realiza cada dos años.